miércoles, 27 de febrero de 2013

Un año de helado gratis


Santa Fe: promoción de "Un año de helado gratis". Del 21/01/13 al 23/02/13

24/01/2013 | BASES GENERALES DE LA PROMOCION




  • Organizador: La promoción “UN AÑO DE HELADO GRATIS” (en adelante la “Promoción”) es organizado por Helacor S.A. con domicilio en Estomba S/N Parque Industrial Ferreyra, de la Ciudad de Córdoba – Argentina  CP: C5925XAD (en adelante el “Organizador”) para su sistema de franquicias de Heladerías GRIDO de las provincia de Santa Fe.

  • Vigencia: La “Promoción” tendrá vigencia entre el 26 de Enero y el 2 de Marzo de 2013 inclusive. En todas las heladerías GRIDO de la plaza anteriormente mencionadas.

  • Participantes: Podrá participar de esta Promoción toda persona física sin distinción de edad (en adelante el “Participante”). No podrán participar de la promoción los empleados de Helacor S.A., sus franquiciados, y los empleados de las franquicias GRIDO.

  • Metodología: Las personas individualizadas en el párrafo anterior, en el periodo de vigencia de la promoción, tendrán derecho a recibir (1) un cupón, que deberán completar, sin omisión alguna, con los siguientes datos: Nombre, Apellido, Localidad, Provincia, Localidad, Dirección, E-mail correo electrónico y teléfono para posteriormente depositarlo en la urna dispuesta a tal fin en el Parador Grido en Costanera Este (ciudad de Santa Fe). La falta de cualquiera de estos datos invalidará la participación en el mismo. Este cupón le permitirá participar en el sorteo, que se realizará por extracción simple y al azar, por el único premio correspondiente a un año de helado gratis (descrito más adelante) en día y horario a confirmar, que se comunicará en el afiche ubicado en Parador Grido en Costanera Este (ciudad de Santa Fe).

  • Sin obligación de compra: Podrá participarse en el sorteo, sin necesidad de realizar una compra. Se entregará un cupón por día, por persona que los solicite.

  • Premio: Consiste en un año de helado gratis, equivalente a 52 kilos de helado, entregados en 52 vouchers (con fecha límite de vigencia a confirmar) canjeables durante el plazo de un año, en cualquier franquicia Grido de la provincia de Santa Fe.

  • Fecha de sorteo: El sorteo se realizará el 2 de Marzo a las 19 hs en el Parador Grido, ubicado en Costanera Este, Santa Fe, ante la presencia de un representante del Organizador.

  • Responsabilidad: El "Organizador" se compromete a poner a disposición del ganador la cantidad de kilos en helado que esté decida canjear, en cualquier momento que este lo requiera. Por ningún motivo, se podrá canjear el premio por dinero en efectivo.

  • Conocimiento de las bases: Quienes participen de la “Promoción” no podrán observar o impugnar las condiciones de las mismas, siendo su participación de conformidad lisa y llana en los términos enunciados en la “Promoción”. En caso de duda o de existir algún cuestionamiento con relación a la persona del beneficiario, quién se crea con derecho, deberá dirigir su reclamo directamente, y renunciando expresamente a accionar contra el Organizador. La participación en la Promoción implica la aceptación de todas sus condiciones.

  • Comunicación al y del ganador: El Organizador informará directamente al ganador su condición de tal, según datos informados en el cupón. Adicionalmente se informará al público general mediante publicación en la página web www.gridohelado.com.ar, reservándose el derecho de publicar y/o difundir el nombre de los beneficiarios y/o divulgar sus imágenes en medios masivos de comunicación,  en la forma y oportunidad que considere  conveniente sin compromiso de retribución alguna.

  • Modificaciones: El “Organizador” se reserva el derecho de modificar total o parcialmente cualquiera de las cláusulas de estas bases, circunstancia que será notificada a los participantes a través de la publicación de las nuevas bases en el sitio web del “Organizador”. Ante cualquier discrepancia entre el contenido de las presentes bases y el contenido de la publicidad grafica y/o en medios de comunicación, prevalecerá el contenido de las bases. Toda situación no contemplada en la Promoción será resuelta por el “Organizador” y su decisión será inapelable.

  • Reclamo Judicial: Todo reclamo judicial derivado de la “Promoción” se someterá a las leyes vigentes en  la República Argentina, y competente la Justicia Ordinaria en lo Civil y Comercial, con jurisdicción en la Ciudad de Córdoba Capital.

1 comentario:

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